Ponte cómodo porque te explicamos el ABC de las planillas. A todos nos pasa. Llega el mes de abril y la ansiedad por las famosas planillas toca a nuestras puertas. Los adultos mayores de 65 años no están ajenos a esto. Son muchas las preguntas que nos surgen. Y, aunque lo mejor es orientarse con un CPA (contador público autorizado), a continuación te compartimos 4 puntos que debes saber antes de radicar tus planillas, en caso de que sea necesario hacerlo. El primer paso es armarse de paciencia y tomarlo con calma. Y, además, buscar ayuda si así lo necesitas.

1- SE EXTIENDE LA FECHA PARA RADICAR PLANILLA DEL 2020

Lo primero que debes saber es que, este año, debido a la pandemia, tanto el Departamento de Hacienda como el IRS extendieron su fecha de radicación de contribución sobre ingresos para el año contributivo 2020.  

Ahora tienes hasta el lunes, 17 de mayo de 2021 para radicar tu planilla en vez del 15 de abril.

2- RECIBO SEGURO SOCIAL, ¿DEBO RENDIR PLANILLA?

Esta pregunta es muy común. Por un lado, tienes que saber primero que existen dos categorías principales:

  • Aquellos que solo reciben como único ingreso el Seguro Social
  • Personas que además de recibir el Seguro Social, reciben otros ingresos: salarios, ingresos por servicios prestados o una pensión del gobierno de Puerto Rico o de EE. UU., o de un patrono privado

Si solo recibes el Seguro Social, no es tributable en Puerto Rico y no tienes que radicar planilla de contribución sobre ingresos en la Isla.

Si recibes ingresos además del Seguro Social, debes radicar planilla ante el Departamento de Hacienda. El ingreso recibido por Seguro Social será reportado al individuo por la Administración del Seguro Social en el Formulario SSA-1099 “Declaración de Beneficios Seguro Social”.

Si en Puerto Rico, durante el año 2020, recibiste ingresos por concepto de pensiones otorgadas, ya sea por el gobierno de Puerto Rico o de EE. UU., o por un patrono privado, debes radicar una planilla de contribución sobre ingresos de individuos en Puerto Rico. La información para completar este formulario la puedes obtener en el Formulario 480.7C “Declaración Informativa - Planes de Retiro y Anualidades” que el pensionado debe recibir por parte del administrador del plan.

3- ¿ESTOY EXENTO DE CONTRIBUCIONES?

  • Si, como se mencionó arriba, eres pensionado, dicho ingreso pudiera estar exento de contribución hasta un total de $15,000 anuales, si tienes más de 60 años.
  • Si recibes más de una pensión, la exención aplicará a cada pensión en forma separada y debe llenar un Anejo H para cada pensión recibida.
  • Si el total recibido durante el año excede $15,000, el exceso sobre dicha cantidad estará sujeto a tributación. Mientras se recobra el costo de la pensión, se tributará hasta el 3% del costo de esta.

4- ¿NECESITAS AYUDA LLENANDO TU PLANILLA? ¡SACA UNA CITA!

  • Las personas de 60 años en adelante pueden solicitar citas para recibir asistencia en la preparación y radicación electrónica de la Planilla de Contribución sobre Ingresos del año 2020 en varios Centros de Preparación de Planillas en:
  • Barceloneta
    • Caguas
    • Mayagüez
    • Ponce
    • San Juan

Se atenderán individuos residentes en Puerto Rico, de 60 años en adelante, cuyas planillas solo requieran los siguientes anejos: A; A1; B; B3, CH; CO; FF; H e IE.

¿Cómo sacar cita?

  • Debes entrar al siguiente enlace: hacienda.turnospr.com
    • Seleccionar el botón: Centros de Preparación de Planillas para coordinar tu visita al centro seleccionado, en la fecha y hora asignada
    • Debes presentarte con 15 minutos de anticipación
    • Asegúrate de llevar todos los documentos necesarios para la preparación de la planilla:
  • Número de seguro social y fecha de nacimiento del contribuyente, su cónyuge (si aplica) y sus dependientes
  • Copia de una tarjeta de identificación vigente con foto, tales como: la licencia de conducir o Real ID
  • Dirección de correo electrónico activa
  • Comprobante de Retención (Formulario 499R-2/W-2PR) o Corrección al Comprobante de Retención (Formulario 499R-2c/W-2cPR) recibidos para el año contributivo 2020
  • Declaraciones Informativas (Formularios 480.6A, 480.6B, 480.6D y 480.7C) recibidas para el año contributivo 2020
  • Evidencias sobre sus deducciones, tales como intereses hipotecarios (Formulario 480.7A) e intereses pagados sobre préstamos estudiantiles (Forma 1098-E), entre otros
  • En el caso de autorizaciones para depósito directo, proveer tipo de cuenta, número de cuenta y número de ruta/tránsito de la institución financiera participante
  • En el caso de contribuyentes casados que radiquen Planilla conjunta, si uno de los cónyuges no puede acudir al Centro, deberá enviar con su cónyuge el formulario Modelo SC 2745 - Poder y Declaración de Representación, debidamente completado y firmado, en el cual autorice a este a radicar y firmar electrónicamente la Planilla en su representación. Además, deberá enviar copia de una identificación con foto vigente.